La llegada de un nuevo bebé al mundo comporta una serie de trámites legales de obligado cumplimiento. A continuación, te ofrecemos una guía básica para que no te pierdas en el papeleo del recién nacido.
Alta del bebé en el Registro Civil
La inscripción del recién nacido en el Registro Civil es el primer trámite a realizar por parte de los padres o tutores, puesto que debe hacerse en un plazo de 72 horas desde el nacimiento. Esta gestión se puede llevar a cabo de dos formas distintas:
- Vía telemática. Desde el año 2015, en España es posible ejecutar este trámite a través de internet. No cabe duda que es una opción muy cómoda, ya que se puede realizar desde el mismo hospital o clínica. Los trámites son muy sencillos y el único requisito es que el centro hospitalario donde haya nacido el niño disponga de este sistema. En la actualidad, casi todos los hospitales públicos y muchos privados están habilitados, aunque la lista completa y actualizada se puede consultar en el siguiente link. Estos son los pasos:
- Los padres cumplimentan un cuestionario tipo.
- El centro hospitalario envía un informe médico o sellado que acredita el nacimiento del niño, así como una copia del DNI de los padres y, si es requerido, algún documento adicional.
- Toda esta documentación se envía al Registro Civil para formalizar la inscripción.
- Finalmente, el propio Registro Civil envía a los padres una certificación literal de nacimiento que les servirá para realizar otros trámites ante las administraciones.
- Vía presencial. La segunda opción es acudir en persona al Registro Civil de la localidad del nacimiento del niño o del domicilio de los padres y aportar la siguiente documentación:
- DNI, NIE o pasaporte de la madre y del padre donde conste el domicilio actual.
- En el caso de que en el documento presentado en el punto anterior no conste la dirección correcta, es necesario aportar el correspondiente certificado de empadronamiento.
- Informe médico de maternidad expedido por el centro hospitalario.
- Si los padres están casados, libro de familia u otro documento legal que acredite el matrimonio.
- Declaración de nacimiento cumplimentada por los padres (este documento se obtiene en el hospital o en el mismo Registro Civil).
- Si la inscripción se realiza en el Registro Civil de una localidad distinta a la del nacimiento se deberá aportar un documento adicional: el certificado hospitalario que da fe que no se ha inscrito al niño en el Registro de la localidad donde ha nacido.
Dos cuestiones a tener en cuenta:
- En el Registro Civil se puede solicitar también el certificado de nacimiento.
- El libro de familia no se actualiza automáticamente por vía telemática, por lo que si se quiere poner al día es obligatorio acudir en persona al Registro Civil.
Empadronamiento
Este trámite solo se debe realizar en aquellas localidades donde los ayuntamientos no reciben la información del Registro Civil y, por lo tanto, no realizan la inscripción del niño en el padrón de forma automática.
En estos casos, los padres deben dirigirse al ayuntamiento y solicitar la inscripción del niño, debiendo aportar para ello la siguiente documentación:
- DNI del padre o de la madre.
- Libro de familia.
Inscripción en la Seguridad Social
Otro de los trámites que hay que realizar es inscribir al recién nacido en la Seguridad Social. También se puede hacer por vía telemática o presencial en alguno de los Centros de Atención e Información del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
En ambos casos, la documentación a aportar es la siguiente:
- DNI del padre o de la madre.
- Certificado de nacimiento o libro de familia actualizado.
- Tarjeta sanitaria del padre o de la madre (según a quien el bebé vaya a asociarse como beneficiario).
- Formulario cumplimentado (que se puede obtener en papel en el Centro de la Seguridad Social o por vía telemática).
Tarjeta sanitaria del bebé
Una vez que se han realizado los trámites anteriores, es necesario regularizar la atención médica del bebé. Para ello simplemente hay que acudir al centro de salud que le corresponda por vecindad y pedir una primera cita donde se le asignará el pediatra que controlará la evolución y estado de salud del bebé y la tarjeta sanitaria personalizada del niño.
Para solicitar la tarjeta sanitaria se debe aportar:
- Certificado de nacimiento.
- Certificado de empadronamiento.
- Documento que acredite la afiliación a la Seguridad Social del niño o niña.
- Impreso cumplimentado de solicitud de la tarjeta sanitaria.
Como ves, los trámites relacionados con el nacimiento de tu hijo son sencillos y muy rápidos de realizar. Así que no te tienes que agobiar en absoluto por este tema.